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real decreto · BOE-A-2011-17892

Real Decreto 1497/2011, de 24 de octubre, por el que se determinan los funcionarios y autoridades competentes para realizar la legalización única o Apostilla prevista por el Convenio XII de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, de 5 de octubre de 1961

Estado
Vigente
Publicación
16/11/2011
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de la Presidencia

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto determina qué funcionarios y autoridades son competentes para realizar la Apostilla (legalización única) de documentos públicos españoles, según se trate de documentos administrativos, judiciales o notariales.

A quién afecta: Ciudadanos y empresas que necesitan legalizar documentos públicos españoles para usarlos en el extranjero.

  • Los Secretarios de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia son competentes para apostillar documentos administrativos.
  • Los Decanos de los Colegios Notariales, o los notarios en quienes deleguen, apostillan los documentos notariales.
  • Los documentos del Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional son apostillados exclusivamente por sus respectivos Secretarios de Gobierno.
  • Los documentos privados no pueden ser objeto de Apostilla o legalización única.
¿Puede apostillarse un documento privado en España?

No, la Apostilla o legalización única solo se aplica a documentos públicos, nunca a documentos privados.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Real Decreto de Competencia para la Apostilla de Documentos · BOE Fácil