Las legalizaciones únicas o Apostillas de todos los documentos públicos, que se emitan tanto en soporte papel como electrónico, serán registradas y almacenadas en el Registro Electrónico de Apostillas del Ministerio de Justicia, creado en virtud de la Orden JUS/1207/2011, de 4 de mayo, por la que se crea y regula el Registro Electrónico de Apostillas del Ministerio de Justicia y se regula el procedimiento de emisión de Apostillas en soporte papel y electrónico.
Texto oficial de Real Decreto de Competencia para la Apostilla de Documentos (BOE-A-2011-17892). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 8. Registro Electrónico. — Real Decreto de Competencia para la Apostilla de Documentos · BOE Fácil