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orden · BOE-A-2011-18532

Orden ITC/3219/2011, de 18 de noviembre, por la que se dictan normas para el cumplimiento del Reglamento (CE) n.º 443/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, por el que se establecen normas de comportamiento en materia de emisiones de los turismos nuevos como parte del enfoque integrado de la comunidad para reducir las emisiones de CO2 de los vehículos ligeros

Estado
Vigente
Publicación
25/11/2011
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

La Orden ITC/3219/2011 dicta normas para el cumplimiento del Reglamento (CE) n.º 443/2009, que establece requisitos de comportamiento en materia de emisiones de CO2 de los turismos nuevos matriculados en la Unión Europea, con el objetivo de situar las emisiones del parque de vehículos nuevos en 120 g de CO2/km. Regula la obtención y transmisión a la Comisión Europea de la información estadística sobre emisiones específicas de CO2, mediante la anotación de un código ITV en las tarjetas de inspección técnica de los turismos nuevos y la remisión de la información técnica asociada por los fabricantes a la Dirección General de Tráfico.

A quién afecta: Fabricantes de turismos y sus representantes legales, la Dirección General de Tráfico, las Jefaturas de Tráfico y las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos (ITV).

  • Los fabricantes de turismos deben anotar un código ITV en las tarjetas de inspección técnica que expidan en soporte papel a los vehículos nuevos (artículo 3).
  • Los fabricantes remiten a la Dirección General de Tráfico la información técnica asociada a cada modelo identificado por su código ITV, incluyendo las emisiones específicas de CO2 (artículo 4).
  • Las emisiones específicas de CO2 se miden conforme a los Reglamentos (CE) n.º 715/2007 y n.º 692/2008 y se describen como emisión másica de CO2 combinada en el certificado de conformidad (artículo 2.a).
  • Los datos que forman el código ITV son públicos, con especificaciones de formato y protocolo de comunicación fijadas en el anexo de la orden (artículo 5).
  • La entrada en vigor de la orden se hizo coincidir con la obligatoriedad de emitir tarjetas ITV con el formato del Real Decreto 750/2010, fijándose para el 25 de julio de 2012.
¿Qué código deben anotar los fabricantes en la tarjeta ITV de un turismo nuevo?

El código ITV que permite localizar los datos técnicos necesarios para el seguimiento de las emisiones específicas de CO2 del vehículo, conforme al artículo 3 de la Orden ITC/3219/2011.

¿Para qué sirve la información que los fabricantes remiten a la Dirección General de Tráfico?

Permite anotar en el Registro de Vehículos las características de cada vehículo matriculado, en particular sus emisiones específicas de CO2, y confeccionar la información estadística que España debe transmitir anualmente a la Comisión Europea (artículo 4).

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Código ITV de Emisiones de CO2 de Turismos Nuevos · BOE Fácil