TÍTULO I. Comisión Filatélica del Estado · CAPÍTULO III. Régimen de funcionamiento
Artículo 13. Deber de sigilo.
Los miembros de la Comisión Filatélica del Estado y los expertos que participen en sus reuniones o grupos de trabajo, estarán obligados a guardar reserva, sigilo o secreto sobre cuantos aspectos estén protegidos por la normativa aplicable, sin menoscabo del cumplimiento del deber de información con las entidades que representen.
Texto oficial de Comisión Filatélica del Estado (BOE-A-2011-18539). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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