La persona titular de la presidencia, a propuesta de los miembros que integran el Foro, podrá nombrar a personas expertas entre profesionales de reconocido prestigio y trayectoria en el ámbito de aplicación de la Estrategia que participarán, con voz y sin voto, en las sesiones del Foro, asesorando en materias de su conocimiento.
> <small>Se modifica por el art. 5.7 del Real Decreto 796/2025, de 9 de septiembre. [Ref. BOE-A-2025-17928](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-17928)</small>
Texto oficial de Real Decreto 1709/2011, de 18 de noviembre, por el que se crea y regula el Foro de Cultura Inclusiva (BOE-A-2011-18721). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 9. Personas expertas. — Real Decreto 1709/2011, de 18 de noviembre, por el que se crea y regula el Foro de Cultura Inclusiva · BOE Fácil