orden · BOE-A-2011-3169
Orden INT/315/2011, de 1 de febrero, por la que se regulan las Comisiones Mixtas de Coordinación de la Seguridad Privada
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 18/2/2011
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio del Interior
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
La Orden INT/315/2011 regula las Comisiones Mixtas de Coordinación de la Seguridad Privada, actualizando la regulación de 1995 conforme a los cambios normativos experimentados por la seguridad privada, en desarrollo de la disposición adicional tercera del Reglamento de Seguridad Privada (Real Decreto 2364/1994). Regula la composición de la Comisión Nacional de Seguridad Privada, adscrita a la Secretaría de Estado de Seguridad y presidida por el Director General de la Policía y de la Guardia Civil, con representación de la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas con competencias en la materia, y las federaciones, asociaciones y sindicatos del sector de la seguridad privada.
A quién afecta: La Secretaría de Estado de Seguridad, el Cuerpo Nacional de Policía y la Guardia Civil, las Comunidades Autónomas con competencias en seguridad, y las federaciones, asociaciones empresariales, sindicatos y directores de seguridad del sector de la seguridad privada.
- La Comisión Nacional de Seguridad Privada actúa como Comisión Mixta Central, órgano consultivo adscrito a la Secretaría de Estado de Seguridad para promover la coordinación de la seguridad privada (artículo 1.1).
- Está presidida por el Director General de la Policía y de la Guardia Civil, con un Jefe de Sección de la Unidad Orgánica Central de Seguridad Privada como Secretario con voz y voto (artículo 1.2).
- Forman parte de la Comisión representantes de la Administración General del Estado (Cuerpo Nacional de Policía y Guardia Civil), de cada Comunidad Autónoma con competencias en la materia, y de las federaciones y sindicatos del sector (artículo 1.3).
- Se incluyen cinco representantes de las federaciones y asociaciones nacionales de empresas de seguridad más representativas, además de representantes de los trabajadores y de los directores de seguridad (artículo 1.3.c).
- La orden actualiza la regulación anterior de 1995 para adaptarse a los importantes cambios normativos en materia de seguridad privada producidos desde entonces.
¿A qué órgano está adscrita la Comisión Nacional de Seguridad Privada?
A la Secretaría de Estado de Seguridad, con carácter de órgano consultivo para promover la coordinación de la seguridad privada (artículo 1.1 de la Orden INT/315/2011).
¿Quién preside la Comisión Nacional de Seguridad Privada?
El Director General de la Policía y de la Guardia Civil, según el artículo 1.2 de la Orden INT/315/2011.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Reglamento de Seguridad Privada (2 menciones)
- Cita a: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (1 menciones)
- Cita a: Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (1 menciones)
- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
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