Disposición adicional tercera. Evaluación de resultados.
Una vez finalizado el octavo año de aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y atención a las personas en situación de dependencia, de conformidad con el calendario de aplicación progresiva previsto en el apartado 1 de su disposición final primera, el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia, realizará una evaluación de los resultados obtenidos en la aplicación del baremo establecido en este real decreto y propondrá las modificaciones que, en su caso, estime procedentes.
Texto oficial de Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (BOE-A-2011-3174). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.