ANEXO. Estatutos de la Real Federación Española de Caza · CAPÍTULO V. Estructura Orgánica
Artículo 13.
Son órganos de gobierno y representación de la RFEC, necesariamente, la Asamblea General, la Comisión Delegada de la Asamblea y el Presidente.
Son órganos complementarios de los de gobierno y representación de la RFEC la Junta Directiva, el Comité Inter autonómico, el Comité de Competiciones, el Secretario General y el Gerente, los cuales asistirán al Presidente, y la Comisión Delegada, que asistirá a la Asamblea General.
Serán órganos electivos: El Presidente, la Asamblea General y su Comisión Delegada y el Comité Inter autonómico; los demás órganos serán designados y revocados libremente por el Presidente.
Texto oficial de Resolución de 14 de febrero de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza (BOE-A-2011-3756). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 13. — Resolución de 14 de febrero de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza · BOE Fácil