TÍTULO II. Recursos humanos dedicados a la investigación · CAPÍTULO II. Especificidades aplicables al personal al servicio de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado · Sección 2.ª Personal de investigación al servicio de los organismos públicos de Investigación de la Administración General del Estado
Artículo 30. Contratación de personal técnico laboral para la realización de proyectos específicos de investigación científica y técnica.
Texto oficial de Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (BOE-A-2011-9617). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
