real decreto · BOE-A-2011-9988
Real Decreto 707/2011, de 20 de mayo, por el que se crea la especialidad de Flamenco en las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Música y se regula su contenido básico
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 9/6/2011
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Educación
Este real decreto crea la especialidad de Flamenco en las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Música.
A quién afecta: Conservatorios superiores de música y estudiantes de la especialidad de Flamenco.
- Define las competencias específicas y el perfil profesional del Graduado o Graduada en Música en la especialidad de Flamenco.
- El graduado debe dominar las técnicas de interpretación del instrumento y del repertorio flamenco, como solista y como acompañante.
- Los alumnos que iniciaron estudios de Flamenco con el plan anterior de 1995 y no los terminaron en el curso 2014/2015 pueden incorporarse a la nueva especialidad.
- Tiene carácter de norma básica al amparo de la competencia estatal sobre condiciones de obtención y homologación de títulos académicos.
¿Qué debe dominar un Graduado en Música en la especialidad de Flamenco según este real decreto?
Las técnicas de interpretación del instrumento y su repertorio, tanto como solista como en calidad de intérprete acompañante en las diversas facetas del Flamenco.
Normas relacionadas
- Cita a: Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas (2 menciones)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
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