CAPÍTULO IV. De la asignación, el transporte y el intercambio de los órganos
Artículo 16. Competencias de autorización y supervisión del intercambio internacional de órganos humanos.
Texto oficial de Real Decreto de Obtención y Utilización Clínica de Órganos Humanos (BOE-A-2012-15715). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
