CAPÍTULO III. Medidas en el sector eléctrico y de hidrocarburos
Disposición adicional primera. Suspensión de la aplicación de determinados preceptos de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, relativos a la jubilación anticipada y a la jubilación parcial.
1. **(Derogado)**.
2. **(Derogado)**.
3. Se suspende durante tres meses la aplicación de lo establecido en las disposiciones adicionales vigésima cuarta, vigésima séptima y trigésima cuarta de la Ley 27/2011, de 1 de agosto.
> <small>Se derogan los apartados 1 y 2 por la disposición derogatoria única del Real Decreto-Ley 5/2013, de 15 de marzo. [Ref. BOE-A-2013-2874](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-2874).</small>
Texto oficial de Real Decreto-ley 29/2012, de 28 de diciembre, de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y otras medidas de carácter económico y social (BOE-A-2012-15764). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional primera. Suspensión de la aplicación de determinados preceptos de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, relativos a la jubilación anticipada y a la jubilación parcial. — Real Decreto-ley 29/2012, de 28 de diciembre, de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y otras medidas de carácter económico y social · BOE Fácil