CAPÍTULO I. Competencias delegadas por el Ministro
Artículo 13. Delegación de competencias en materia de publicaciones.
1. Se delega en el titular de la Subsecretaría de Hacienda y Administraciones Públicas la competencia de aprobación del Programa Editorial del Departamento, atribuida al Ministro en el apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto 118/2001, de 9 de febrero, de Ordenación de Publicaciones Oficiales.
2. Se delega en el titular de la Secretaría General Técnica la aprobación de la inclusión de publicaciones en el programa editorial, por razones de necesidad y urgencia, de acuerdo con el procedimiento excepcional previsto en la disposición adicional segunda del mencionado Real Decreto 118/2001, de 9 de febrero.
Texto oficial de Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, de delegación de competencias (BOE-A-2012-8346). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 13. Delegación de competencias en materia de publicaciones. — Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, de delegación de competencias · BOE Fácil