TÍTULO VI. Normas Tributarias · CAPÍTULO II. Impuestos Indirectos · Sección 2.ª Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Artículo 70. Escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezas y títulos nobiliarios.
Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley, la escala a que hace referencia el párrafo primero del artículo 43 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, será la siguiente:
| Escala | Transmisiones directas – Euros | Transmisiones transversales – Euros | Rehabilitaciones y reconocimiento de títulos extranjeros – Euros |
| --- | --- | --- | --- |
| 1.º Por cada título con grandeza | 2.620 | 6.567 | 15.745 |
| 2.º Por cada grandeza sin título | 1.873 | 4.695 | 11.240 |
| 3.º Por cada título sin grandeza | 746 | 1.873 | 4.506 |
Texto oficial de Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012 (BOE-A-2012-8745). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 70. Escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezas y títulos nobiliarios. — Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012 · BOE Fácil