Disposición adicional primera. Efectos de la equivalencia.
La equivalencia a efectos laborales a la que se refiere la presente orden no podrá dar lugar a equivalencia alguna con el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria a ningún efecto.
Texto oficial de Orden ECD/1417/2012, de 20 de junio, por la que se establece la equivalencia del Certificado de Escolaridad y de otros estudios con el título de Graduado Escolar regulado en la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, a efectos laborales (BOE-A-2012-8747). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.