«CAPÍTULO IV. De la extinción del contrato por causas objetivas, por despido colectivo y otras causas de extinción» · «Sección 4.ª Movilidad geográfica, modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, suspensión del contrato y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor.»
Disposición adicional decimocuarta. Evaluación de las medidas adoptadas en el mercado de trabajo para hacer frente a la crisis y al desempleo.
El Gobierno presentará al finalizar el primer año de vigencia del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, un informe de evaluación del mismo, que analice el impacto que sobre los principales indicadores del mercado de trabajo, la creación de empleo, la disminución de la tasa de paro y la tasa de temporalidad, ha tenido la citada reforma. Los resultados de dicha evaluación deberán ser publicados y ser accesibles a través del portal web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Texto oficial de Ley de la Reforma Laboral de 2012 (BOE-A-2012-9110). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional decimocuarta. Evaluación de las medidas adoptadas en el mercado de trabajo para hacer frente a la crisis y al desempleo. — Ley de la Reforma Laboral de 2012 · BOE Fácil