«CAPÍTULO IV. De la extinción del contrato por causas objetivas, por despido colectivo y otras causas de extinción» · «Sección 4.ª Movilidad geográfica, modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, suspensión del contrato y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor.»
Disposición final decimosexta. Ley de promoción de la inclusión laboral de personas con discapacidad.
El Gobierno, en el plazo de doce meses desde la entrada en vigor de esta Ley, remitirá a las Cortes Generales un Proyecto de Ley de promoción de la inclusión laboral de personas con discapacidad, con el fin de establecer un nuevo sistema de promoción que ayude a la creación y mantenimiento del empleo de calidad de estas personas, previa consulta a las Comunidades Autónomas, a los interlocutores sociales y a las asociaciones más representativas de las personas con discapacidad y sus familias.
Texto oficial de Ley de la Reforma Laboral de 2012 (BOE-A-2012-9110). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final decimosexta. Ley de promoción de la inclusión laboral de personas con discapacidad. — Ley de la Reforma Laboral de 2012 · BOE Fácil