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TÍTULO I. Forma jurídica de las instituciones de inversión colectiva · CAPÍTULO I. Fondos de inversión

Artículo 3. Número mínimo de partícipes.

Texto oficial de Real Decreto del Reglamento de Instituciones de Inversión Colectiva (BOE-A-2012-9716). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 3. Número mínimo de partícipes. — Real Decreto del Reglamento de Instituciones de Inversión Colectiva · BOE Fácil