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real decreto · BOE-A-2013-13726

Real Decreto 1011/2013, de 20 de diciembre, de desconcentración de facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos, en el ámbito del Ministerio de Defensa

Estado
Vigente
Publicación
28/12/2013
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Defensa

Este real decreto desconcentra facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos en el ámbito del Ministerio de Defensa.

A quién afecta: Órganos de contratación del Ministerio de Defensa y contratistas del sector de defensa y seguridad.

  • Desconcentra en diversas autoridades las competencias de contratación que corresponden al Ministro y Secretario de Estado de Defensa.
  • El Ministro se reserva las facultades de interpretar, anular, modificar o resolver contratos que requieran informe del Consejo de Estado.
  • Las delegaciones de facultades de las autoridades desconcentradas deben ser aprobadas por el Ministro de Defensa a propuesta del Secretario de Estado.
  • Deroga el Real Decreto 1053/2010 que regulaba anteriormente esta desconcentración de facultades.
¿Qué facultades de contratación se reserva el Ministro de Defensa pese a la desconcentración de competencias?

Las de interpretar, anular, modificar o resolver los contratos que requieran informe del Consejo de Estado.

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Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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Desconcentración de Contratos en Defensa · BOE Fácil