TÍTULO IV. Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario · CAPÍTULO I. Selección y acceso a la condición de personal estatutario
Artículo 7. Selección. Requisitos generales.
Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los requisitos siguientes:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser mayor de edad. Mediante normativa interna se determinarán los límites de edad aplicables a cada puesto de trabajo en atención a las especificidades propias de cada uno.
c) Poseer la titulación exigida para el subgrupo o grupo al que opte.
d) No haber sido separado mediante expediente de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni privado del ejercicio de derechos civiles.
e) No padecer enfermedad o defecto físico que le incapacite para el ejercicio de sus funciones.
f) Poseer o estar en condiciones de obtener informe favorable de seguridad, acorde con las características propias del puesto de trabajo que se va a ocupar.
Texto oficial de Real Decreto 240/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del personal del Centro Nacional de Inteligencia (BOE-A-2013-3907). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.