Artículo 7. Medidas de fomento de visita y autorizaciones especiales.
1. Para el fomento de la visita, el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía podrá, por Resolución del Director, realizar campañas de promoción cultural, turístico y social, así como acordar convenios de colaboración con terceros para el fomento de la visita al Museo que incorporen la aplicación de reducciones sobre el precio de entrada general establecido en el artículo 2 o, en su caso, la gratuidad de las mismas.
2. Mediante Resolución del Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía se podrá autorizar la entrada gratuita o con precio reducido a las personas, asociaciones o grupos que lo soliciten por motivos profesionales, de estudio, investigación u otros.
Texto oficial de Resolución de 11 de abril de 2013, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Permanente del Real Patronato del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, en el que se establecen los precios públicos de entrada al Museo (BOE-A-2013-4081). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.