TÍTULO II. Medidas extraordinarias de liquidez para municipios con problemas financieros · CAPÍTULO IV. Normas procedimentales y actuaciones de seguimiento y control
Disposición final primera. Habilitación normativa.
Se habilita al Gobierno y al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, para dictar las disposiciones y adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente Real Decreto-ley.
Texto oficial de Real Decreto-ley contra la Morosidad de las Administraciones Públicas (BOE-A-2013-7063). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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