Disposición adicional primera. Supresión de la carga de comunicación fehaciente, cada cinco años, de la intención de seguir utilizando el dominio público radioeléctrico.
En aplicación de lo previsto en el artículo 13.4 del Reglamento de uso del dominio, público radioeléctrico, queda suprimida la carga de comunicar a la SETSI, cada cinco años, la intención de seguir utilizando el dominio público radioeléctrico y, en consecuencia, quedan igualmente eliminados los efectos derivados de su incumplimiento.
Texto oficial de Orden IET/1311/2013, de 9 de julio, por la que se aprueba el Reglamento de uso del dominio público radioeléctrico por radioaficionados (BOE-A-2013-7624). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional primera. Supresión de la carga de comunicación fehaciente, cada cinco años, de la intención de seguir utilizando el dominio público radioeléctrico. — Orden IET/1311/2013, de 9 de julio, por la que se aprueba el Reglamento de uso del dominio público radioeléctrico por radioaficionados · BOE Fácil