TÍTULO IV. Medidas de fomento de la empleabilidad y la ocupación · CAPÍTULO I. Sistema nacional de garantía juvenil · Sección 1.ª Disposiciones generales
Artículo 88. Ámbito de aplicación.
Los sujetos que participan en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil son los siguientes:
a) La Administración General del Estado, así como las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de las mismas, cada una en el ámbito de sus competencias.
b) Las Administraciones de las comunidades autónomas, así como las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de las mismas, cada una en el ámbito de sus competencias.
c) Las entidades que integran la Administración Local, así como las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de las mismas, cada una en el ámbito de sus competencias.
d) Los interlocutores sociales y entidades que actúen en el ámbito privado.
e) Los jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 que cumplan con los requisitos recogidos en esta ley para beneficiarse de una acción derivada del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
> <small>Se modifica por la disposición final 1.1 del Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo. [Ref. BOE-A-2019-3481#df](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2019-3481)</small>
> <small>Téngase en cuenta para su aplicación la disposición transitoria 1 del citado Real Decreto-ley.</small>
> <small>Se modifica por el art. 1.1 del Real Decreto-ley 6/2016, de 23 de diciembre. [Ref. BOE-A-2016-12266](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2016-12266).</small>
> <small>Se modifica la letra d) por la disposición final 12.1 de la Ley 25/2015, de 28 de julio. [Ref. BOE-A-2015-8469#dfduodecima](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-8469).</small>
Texto oficial de Ley de Medidas de Crecimiento y Competitividad de 2014 (BOE-A-2014-10517). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.