Artículo 38. Relaciones con otras autoridades en cuestiones que afecten a la seguridad alimentaria, nutrición y consumo.
La Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición, en su condición de autoridad sanitaria y de consumo, podrá recabar, en el ejercicio de sus funciones, la cooperación de otras autoridades y poderes públicos.
Texto oficial de Real Decreto 19/2014, de 17 de enero, por el que se refunden los organismos autónomos Instituto Nacional del Consumo y Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición en un nuevo organismo autónomo denominado Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición y se aprueba su estatuto (BOE-A-2014-1092). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.