TÍTULO X. Orden europea de investigación en materia penal · CAPÍTULO III. Ejecución de un exhorto europeo de obtención de pruebas
Artículo 200. Emisión de una orden europea de investigación para obtener pruebas en tiempo real, de manera continua y durante un determinado periodo de tiempo.
Texto oficial de Ley de Reconocimiento Mutuo de Resoluciones Penales en la UE (BOE-A-2014-12029). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
