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TÍTULO I. Régimen general de la transmisión, el reconocimiento y la ejecución de los instrumentos de reconocimiento mutuo en la Unión Europea · CAPÍTULO II. Reconocimiento y ejecución por las autoridades judiciales españolas de instrumentos de reconocimiento mutuo · Sección 2.ª Denegación del reconocimiento o de la ejecución de un instrumento de reconocimiento mutuo

Artículo 33. Resoluciones dictadas en ausencia del imputado.

Texto oficial de Ley de Reconocimiento Mutuo de Resoluciones Penales en la UE (BOE-A-2014-12029). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 33. Resoluciones dictadas en ausencia del imputado. — Ley de Reconocimiento Mutuo de Resoluciones Penales en la UE · BOE Fácil