TÍTULO II. De los tratados internacionales · CAPÍTULO I. Representación internacional de España
Artículo 9. Nombramiento de representantes de España.
El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, a propuesta del ministerio o ministerios competentes por razón de la materia*,* nombrará a los representantes de España para la ejecución de cualquier acto internacional relativo a un tratado internacional.
Texto oficial de Ley de Tratados y Acuerdos Internacionales (BOE-A-2014-12326). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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