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CAPÍTULO IV. Inicio y desarrollo de las actividades de formación deportiva

Artículo 29. Control y seguimiento de la actividad de formación deportiva y de los requisitos de carácter específico.

Texto oficial de Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, por la que se regulan los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de formación deportiva, a los que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre (BOE-A-2014-1330). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.