1. El titular de la tarjeta de estacionamiento está obligado a:
a) La correcta utilización de la misma, conforme a las condiciones de uso previstas en el artículo 6.
b) a d) **(Anuladas)**
2. **(Anulado)**
> <small>Se declara, a excepción de su apartado 1 a), inconstitucional y nulo, por ser contrario al orden constitucional de distribución de competencias, por Sentencia del TC 18/2017, de 2 de febrero. [Ref. BOE-A-2017-2619](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2017-2619).</small>
Texto oficial de Real Decreto de la Tarjeta de Estacionamiento para Personas con Discapacidad (BOE-A-2014-13362). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 8. Obligaciones de los titulares. — Real Decreto de la Tarjeta de Estacionamiento para Personas con Discapacidad · BOE Fácil