real decreto · BOE-A-2014-13362
Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 23/12/2014
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto establece las condiciones básicas de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad con movilidad reducida: quién puede obtenerla, su validez en toda España y la Unión Europea, y las plazas de aparcamiento reservadas que deben existir.
A quién afecta: Personas con discapacidad y movilidad reducida, y Administraciones locales responsables de la reserva de plazas de aparcamiento.
- Pueden obtener la tarjeta las personas con discapacidad oficialmente reconocida que cumplan los requisitos de movilidad reducida establecidos.
- La tarjeta tiene validez en todo el territorio español y también puede usarse en otros Estados de la Unión Europea.
- Los núcleos urbanos deben disponer de al menos una plaza de aparcamiento reservada por cada cuarenta plazas totales.
- La tarjeta es personal e intransferible, y solo puede usarse cuando la persona titular conduce el vehículo o viaja en él.
¿Es válida la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad fuera de la comunidad autónoma que la expidió?
Sí, tiene validez en todo el territorio español, y también puede utilizarse en los demás Estados miembros de la Unión Europea.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
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