CAPÍTULO 7. Utilización del dominio público hidráulico · Sección 3. Dotaciones de agua
Artículo 41. Acuicultura.
Texto oficial de Real Decreto 270/2014, de 11 de abril, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo (BOE-A-2014-3957). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
