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real decreto · BOE-A-2014-508

Real Decreto 20/2014, de 17 de enero, por el que se completa el régimen jurídico en materia de asignación de franjas horarias en los aeropuertos españoles

Estado
Vigente
Publicación
18/1/2014
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Fomento

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto completa el régimen jurídico de la asignación de franjas horarias en los aeropuertos españoles, en desarrollo del Reglamento europeo sobre normas comunes para la asignación de franjas horarias en aeropuertos comunitarios.

A quién afecta: Compañías aéreas, gestores aeropuertos, y el Coordinador de franjas horarias de los aeropuertos españoles.

  • El gestor aeroportuario, con la colaboración de los proveedores de navegación aérea, analiza la capacidad disponible para asignar franjas horarias.
  • El Ministerio de Fomento designa o excluye a los aeropuertos como coordinados o facilitados, a propuesta de la Dirección General de Aviación Civil.
  • El Ministerio de Fomento designa un único Coordinador de franjas horarias para todo el territorio español.
  • El Coordinador debe avisar con al menos seis meses de antelación si decide cesar en sus funciones, garantizando la continuidad del servicio.
¿Cuántos Coordinadores de franjas horarias existen en los aeropuertos españoles?

Uno único, designado por el Ministerio de Fomento, que ejerce sus funciones en todo el territorio del Estado.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Real Decreto de Franjas Horarias en Aeropuertos Españoles · BOE Fácil