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real decreto · BOE-A-2014-6434

Real Decreto 418/2014, de 6 de junio, por el que se modifica el procedimiento de tramitación de las reclamaciones al Estado por salarios de tramitación en juicios por despido

Estado
Vigente
Publicación
18/6/2014
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de la Presidencia

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto regula el procedimiento de reclamaciones al Estado por salarios de tramitación en juicios por despido.

A quién afecta: Empresarios y trabajadores despedidos improcedentemente cuando el juicio se prolonga más de noventa días hábiles.

  • Se aplica cuando la sentencia que declara la improcedencia del despido se dicta transcurridos más de noventa días hábiles desde la demanda.
  • Están legitimados tanto el empresario que haya pagado los salarios de tramitación como el trabajador en caso de insolvencia provisional del empresario.
  • La reclamación debe presentarse en el plazo de un año desde la firmeza de la sentencia.
  • La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia resuelve en el plazo de un mes desde la recepción de la propuesta de resolución.
¿Quién puede reclamar al Estado los salarios de tramitación en caso de insolvencia provisional del empresario?

El propio trabajador despedido.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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