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real decreto · BOE-A-2014-7290

Real Decreto 415/2014, de 6 de junio, por el que se regula la composición y funciones del Consejo Nacional del Clima

Estado
Vigente
Publicación
10/7/2014
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

Este real decreto regula la composición, funcionamiento y atribuciones del Consejo Nacional del Clima.

A quién afecta: Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y agentes implicados en política climática.

  • El Consejo es un órgano colegiado interministerial, adscrito al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a través de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente.
  • Facilita la participación de los agentes implicados en la elaboración y seguimiento de las políticas sobre cambio climático y formula recomendaciones sobre planes y programas.
  • Está presidido por el Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, con el Secretario de Estado de Medio Ambiente como Vicepresidente.
  • La duración del mandato de sus miembros es de tres años, renovable por iguales períodos, sin derecho a remuneración por su pertenencia al Consejo.
¿Cuánto dura el mandato de los miembros del Consejo Nacional del Clima?

Tres años, pudiendo renovarse por iguales períodos.

Normas relacionadas

Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

  1. 10 de julio de 2014

    Real Decreto 415/2014, de 6 de junio, por el que se regula la composición y funciones del Consejo Nacional del Clima — versión original 2014

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