TÍTULO IV. Fiscales de sala eméritos del Tribunal Supremo · CAPÍTULO II. Nombramiento, toma de posesión y llamamiento de los fiscales de Sala eméritos del Tribunal Supremo
Artículo 32. Toma de posesión y llamamiento de los fiscales de Sala eméritos del Tribunal Supremo.
1. Los fiscales de Sala eméritos del Tribunal Supremo tomarán posesión ante el Fiscal General del Estado una vez hecho el nombramiento por el Gobierno.
2. Los fiscales de Sala eméritos del Tribunal Supremo desarrollarán sus funciones de forma continuada desde la fecha de su nombramiento, de acuerdo con las necesidades de refuerzo o apoyo de la Fiscalía del Tribunal Supremo.
Texto oficial de Real Decreto 634/2014, de 25 de julio, por el que se regula el régimen de sustituciones en la carrera fiscal (BOE-A-2014-7967). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 32. Toma de posesión y llamamiento de los fiscales de Sala eméritos del Tribunal Supremo. — Real Decreto 634/2014, de 25 de julio, por el que se regula el régimen de sustituciones en la carrera fiscal · BOE Fácil