**REGLAMENTO DE LA CARRERA DIPLOMÁTICA** · CAPÍTULO III. La provisión de puestos de trabajo en el extranjero
Artículo 20. Elementos a valorar en el procedimiento.
Para la elaboración de la propuesta de provisión de puestos de trabajo en el extranjero reservados a los funcionarios de la Carrera Diplomática, la Junta de la Carrera Diplomática tendrá en cuenta, además de lo dispuesto en los artículos 16 y 19 de este Reglamento, los siguientes elementos de juicio valorados en su conjunto:
a) La hoja de servicios del funcionario
b) La especial preparación del funcionario para el desempeño del puesto de que se trate.
c) La antigüedad en el servicio.
d) Los puestos que el funcionario haya desempeñado con carácter forzoso, así como el desempeño de puestos C Especial.
e) Los conocimientos de idiomas del funcionario.
Texto oficial de Real Decreto 638/2014, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Carrera Diplomática (BOE-A-2014-7970). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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