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**REGLAMENTO DE LA CARRERA DIPLOMÁTICA** · CAPÍTULO II. Los ascensos en la Carrera Diplomática

Artículo 9. Requisitos para el ascenso a las categorías de Secretario de Embajada de primera clase y Consejero de Embajada.

Texto oficial de Real Decreto 638/2014, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Carrera Diplomática (BOE-A-2014-7970). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 9. Requisitos para el ascenso a las categorías de Secretario de Embajada de primera clase y Consejero de Embajada. — Real Decreto 638/2014, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Carrera Diplomática · BOE Fácil