CAPÍTULO II. Tasas aplicables por la prestación de determinados servicios por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) · Sección 6.ª Tasas por supervisión e inspección de determinadas personas o entidades · Subsección 4.ª Tasas por supervisión e inspección de los mercados secundarios oficiales, los sistemas multilaterales de negociación, las entidades de contrapartida central autorizadas a administrar servicios de compensación sobre instrumentos financieros, las entidades autorizadas a gestionar sistemas de registro o liquidación de valores y del resto de entidades relacionadas en el artículo 84.1.a) y b) de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores
Artículo 73. Liquidación.
Texto oficial de Ley 16/2014, de 30 de septiembre, por la que se regulan las tasas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (BOE-A-2014-9895). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
