ley organica · BOE-A-2015-10141
Ley Orgánica 11/2015, de 21 de septiembre, para reforzar la protección de las menores y mujeres con capacidad modificada judicialmente en la interrupción voluntaria del embarazo
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 22/9/2015
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Jefatura del Estado
Esta ley orgánica reforzó los requisitos para la interrupción voluntaria del embarazo de menores de edad y personas con capacidad modificada judicialmente: suprimió la posibilidad de que las menores de 16 y 17 años prescindieran del consentimiento de sus representantes legales, exigiendo de nuevo su autorización.
A quién afecta: Menores de edad y personas con capacidad modificada judicialmente que soliciten una interrupción voluntaria del embarazo, y sus representantes legales.
- El artículo 1 suprimió el apartado que permitía a las menores de 16 y 17 años prescindir del consentimiento de sus padres o tutores para abortar.
- El artículo 2 modificó la Ley de autonomía del paciente para exigir el consentimiento de los representantes legales de menores y personas con capacidad modificada judicialmente en la interrupción del embarazo.
- El artículo segunda de las disposiciones finales fijó como ámbito de aplicación todo el territorio del Estado, sin perjuicio de las competencias autonómicas.
¿Puede una menor de 17 años abortar sin que lo sepan sus padres tras esta ley?
No: el artículo 1 suprimió la posibilidad de prescindir del consentimiento de los representantes legales que existía anteriormente para las menores de 16 y 17 años.
Normas relacionadas
- Cita a: Código Civil (5 menciones)
- Modifica a: Ley de Autonomía del Paciente (1 notas)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
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