ley · BOE-A-2002-22188
Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 15/11/2002
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Jefatura del Estado
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, regula los derechos del paciente en su relación con el sistema sanitario: el derecho a la información asistencial, el consentimiento informado antes de cualquier actuación sanitaria, la historia clínica, y las instrucciones previas (el llamado 'testamento vital').
A quién afecta: Pacientes y usuarios del sistema sanitario, y los profesionales y centros sanitarios.
- El Capítulo II reconoce el derecho de información sanitaria: el paciente tiene derecho a conocer, con motivo de cualquier actuación en el ámbito de su salud, toda la información disponible sobre la misma.
- El Capítulo IV regula el respeto de la autonomía del paciente, en particular el consentimiento informado: como regla general, toda actuación en el ámbito sanitario requiere el consentimiento libre y voluntario del afectado, una vez recibida la información adecuada.
- El Capítulo V regula la historia clínica: el conjunto de documentos que contienen los datos, valoraciones e informaciones de cualquier índole sobre la situación y evolución clínica de un paciente.
- La ley regula también las instrucciones previas (conocidas como 'testamento vital'): el documento por el que una persona manifiesta anticipadamente su voluntad sobre los cuidados y el tratamiento de su salud para cuando no pueda expresarla personalmente.
¿Es obligatorio dar el consentimiento por escrito para cualquier actuación médica?
No siempre: el Capítulo IV establece que, como regla general, el consentimiento se presta verbalmente, salvo en los casos que la propia ley señala expresamente (como intervenciones quirúrgicas o procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores), en los que debe constar por escrito.
¿Qué es el testamento vital?
Es el nombre habitual de las instrucciones previas: un documento en el que una persona mayor de edad y capaz expresa de antemano sus deseos sobre los cuidados y el tratamiento de su salud, para que se tengan en cuenta cuando no sea capaz de expresarlos personalmente.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Ley General de Sanidad (4 menciones)
- Cita a: Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (1 menciones)
- Cita a: Ley Orgánica de Protección de Datos (1 menciones)
- Citada por: Ley de Investigación Biomédica (1 menciones)
- Deroga a: Ley General de Sanidad (3 notas)
- Modificada por: Ley Orgánica de Reforma del Aborto en Menores (1 notas)
- Modificada por: Ley Orgánica 11/2015, de 21 de septiembre, para reforzar la protección de las menores y mujeres con capacidad modificada judicialmente en la interrupción voluntaria del embarazo (1 notas)
- Modificada por: Ley de Protección a la Infancia y la Adolescencia (1 notas)
- Modificada por: Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (1 notas)
- Modificada por: Ley Orgánica del Aborto (1 notas)
- Modificada por: Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil (2 notas)
- Modificada por: Ley Orgánica de Protección de Datos (1 notas)
- Modificada por: Ley General de Salud Pública (1 notas)
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