TÍTULO V. La seguridad ferroviaria · CAPÍTULO IV. La investigación de accidentes e incidentes ferroviarios
Artículo 75. Atribuciones de los investigadores.
**(Derogado)**
> <small>Se deroga por la disposición derogatoria única.c de la Ley 2/2024, de 1 de agosto. [Ref. BOE-A-2024-15937#dd](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-15937)</small>
Texto oficial de Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario (BOE-A-2015-10440). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 75. Atribuciones de los investigadores. — Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario · BOE Fácil