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TÍTULO II. De la actividad de las Administraciones Públicas · CAPÍTULO I. Normas generales de actuación

Artículo 14. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.

Texto oficial de Ley del Procedimiento Administrativo Común (BOE-A-2015-10565). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 14. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. — Ley del Procedimiento Administrativo Común · BOE Fácil