TÍTULO VI. De la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones
Disposición adicional primera. Especialidades por razón de materia.
Texto oficial de Ley del Procedimiento Administrativo Común (BOE-A-2015-10565). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
