TÍTULO VI. Registro, inspección y régimen sancionador
Disposición adicional cuarta. Vertido horario procedente de instalaciones de autoconsumo.
**(Derogada)**
> <small>Se deroga por la disposición derogatoria única.c) del Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre. [Ref. BOE-A-2018-13593#dd](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-13593)</small>
Texto oficial de Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo (BOE-A-2015-10927). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.