CAPÍTULO II. Documento Único Electrónico de extinción y cese de actividad
Disposición final quinta. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 2 de octubre de 2015.
**FELIPE R.**
**La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia,**
**SORAYA SÁENZ DE SANTAMARÍA ANTÓN**
Texto oficial de Documento Único Electrónico para el Cese de Sociedades Limitadas (BOE-A-2015-11122). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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