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real decreto · BOE-A-2015-11164

Real Decreto 927/2015, de 16 de octubre, por el que se concede el uso de la bandera de España a la Policía Nacional

Estado
Vigente
Publicación
17/10/2015
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio del Interior

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto concede a la Policía Nacional el uso de la bandera de España en sus actos protocolarios.

A quién afecta: Policía Nacional y Jefaturas Superiores de Policía.

  • La custodia de la bandera corresponde a la Dirección Adjunta Operativa de la Dirección General de la Policía.
  • Se usa especialmente en el Día de la Policía y en actos donde concurra con otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad nacionales o extranjeros.
  • La bandera lleva bordado el escudo de España con la leyenda «POLICÍA NACIONAL» y el nombre de la Jefatura Superior o Escuela correspondiente.
  • Deroga el Decreto de 1970 que concedía el uso de la Bandera Nacional al antiguo Cuerpo de Policía Armada.
¿En qué ocasión se usa especialmente la bandera de España por la Policía Nacional?

En el Día de la Policía y en los actos en que concurra con otras Fuerzas o Cuerpos de Seguridad nacionales o extranjeros.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.