TÍTULO IV. Mercados secundarios oficiales de valores · CAPÍTULO X. Asesores de voto
Artículo 137. quinquies. Conflictos de intereses.
Los asesores de voto determinarán y comunicarán sin demora a sus clientes cualquier conflicto de intereses real o potencial o cualesquiera relaciones de negocio que puedan influir en la elaboración de sus investigaciones, asesoramientos o recomendaciones de voto y las medidas adoptadas para eliminar, mitigar o gestionar los conflictos de intereses reales o potenciales.
> <small>Se añade por el art. 6.18 de la Ley 5/2021, de 12 de abril. [Ref. BOE-A-2021-5773#as-2](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-5773)</small>
Texto oficial de Ley del Mercado de Valores (BOE-A-2015-11435). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 137. quinquies. Conflictos de intereses. — Ley del Mercado de Valores · BOE Fácil