TÍTULO VIII. Régimen de supervisión, inspección y sanción · CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 234 bis. Otras facultades para reforzar la supervisión macroprudencial.
La CNMV podrá introducir límites y condiciones a la actividad de sus entidades supervisadas con la finalidad de evitar un endeudamiento excesivo del sector privado que pueda afectar a la estabilidad financiera.
> <small>Se añade por el art. 5 del Real Decreto-ley 22/2018, de 14 de diciembre. [Ref. BOE-A-2018-17294#aq](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-17294)</small>
Texto oficial de Ley del Mercado de Valores (BOE-A-2015-11435). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 234 bis. Otras facultades para reforzar la supervisión macroprudencial. — Ley del Mercado de Valores · BOE Fácil