TÍTULO VI. Prestaciones no contributivas · Período cotizado igual o superior a cuarenta y cuatro años y seis meses
Disposición final cuarta. Trabajadores que permanezcan en activo.
Texto oficial de Ley General de la Seguridad Social (BOE-A-2015-11724). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
